De los derechos del ORGANISMO PROMOTOR
Son derechos del ORGANISMO PROMOTOR
I. Aprobar las líneas de acción y presupuestos del Programa a través de su ASAMBLEA GENERAL DE
ASOCIADOS;
II. Ejecutar planes piloto en temas de administración, operación y promoción, buscando mejorar la
productividad, incrementar los volúmenes de operación y eficiencia en el uso de los recursos, motivo
de las presentes REGLAS, y
III. Los demás que se encuentren establecidos en los estatutos del ORGANISMO PROMOTOR,
aprobados por la ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS.
- De las Obligaciones del ORGANISMO PROMOTOR
Son obligaciones del ORGANISMO PROMOTOR
I. Prestar los servicios que se operan con los apoyos objeto del presente Acuerdo, conforme a la
normatividad aplicable que sea emitida por la SHCP y la SFP, en el ámbito de sus respectivas
facultades, y los estatutos y el presupuesto aprobados por la ASAMBLEA GENERAL DE
ASOCIADOS del ORGANISMO PROMOTOR;
II. Destinar el subsidio para los fines establecidos en este Acuerdo;
III. Llevar a cabo las acciones necesarias para la adecuada prestación de sus servicios en el marco de
la legislación aplicable;
IV. Establecer una subcuenta específica en sus respectivos registros contables de los recursos
otorgados vía subsidio;
V. Promover CONVENIOS con otras organizaciones, dependencias y entidades, tanto públicas como
privadas, con el objeto de evitar duplicaciones con otros programas o acciones del Gobierno Federal
en el ejercicio de los recursos, reducir gastos administrativos y aprovechar las oportunidades de
complementariedad;
VI. Registrar a los consultores del ORGANISMO PROMOTOR en el Banco de Datos de Consultores (BDC) del Gobierno Federal y mantener actualizado dicho registro de información;
VII. Establecer sistemas y mecanismos de evaluación de los resultados del servicio proporcionado a las
empresas atendidas;
Domingo 30 de diciembre de 2007 DIARIO OFICIAL (Novena Sección) 17
VIII. Atender las observaciones y recomendaciones que resulten de auditorías practicadas, instrumentar
las medidas preventivas y correctivas en los plazos estipulados e informar a su ASAMBLEA
GENERAL DE ASOCIADOS y a la SPYME sobre la situación que guardan las mismas;
IX. Mantener en todo momento estricta confidencialidad respecto de la información que sea
proporcionada por las MIPYMES;
X. Promover la certificación de los consultores del ORGANISMO PROMOTOR, con base en la Norma
de Consultoría General aprobada por el Consejo de Normalización y Certificación de Competencia
Laboral;
XI. Incorporar al Módulo de Registro de Empresas Atendidas a las MIPYMES beneficiadas. Con la
denominación o razón social se formará el listado de beneficiarios, desagregados por sexo, mismo
que se actualizará en la página electrónica de “Internet” destinada a este programa;
XII. Verificar en el Módulo de Registro de Empresas Atendidas del Gobierno Federal que las empresas
que solicitan los servicios del ORGANISMO PROMOTOR, no estén siendo atendidas por otro
programa del Gobierno Federal que le otorgue un subsidio para el mismo fin, y
XIII. Garantizar un acceso equitativo no discriminatorio, en especial de las mujeres, a los beneficios de los
programas.
XIV. Señalar expresamente y en forma idéntica la participación del Gobierno Federal, a través de la SE,
tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del COMPITE, de los programas
aprobados, como en la información de resultados obtenidos.
- De los Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios
A. Derechos
I. Recibir los servicios que ofrece el ORGANISMO PROMOTOR, de manera individual o grupal;
II. Recibir los apoyos financieros en el pago del servicio de CONSULTORIA y/o CAPACITACION,
cuando cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos en este Acuerdo;
III. Que la información proporcionada durante la ejecución de los servicios prestados por el
ORGANISMO PROMOTOR sea manejada con estricta confidencialidad, y
IV. Obtener igualdad de oportunidades sin discriminación de género.
B. Obligaciones
I. Suscribir el contrato correspondiente con el ORGANISMO PROMOTOR de acuerdo con los servicios
que se le van a otorgar, y
II. Pagar los servicios de acuerdo a lo estipulado en el contrato correspondiente o en las tarifas
aprobadas por la ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS del ORGANISMO PROMOTOR, las
cuales podrán ser consultadas, por cualquier usuario, en la página de COMPITE,
www.compite.org.mx.